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Al emigrar a Chile es importante comprender cómo funciona el sistema de previsión social, para que puedas adaptarte fácilmente y disfrutar de los beneficios que te ofrece el país. A continuación te explicamos lo que debes saber.

1. Es obligatorio que todos los trabajadores, sean chilenos o extranjeros, coticen en el sistema de previsión social.

Para poder recibir protección social, en Chile cada persona debe aportar mensualmente una cotización que consiste en aprox. 20% de su sueldo imponible.

En el caso de los empleados dependientes, es el empleador quien se encarga de hacer el pago de las mismas. En cambio, en el caso de los trabajadores independientes, ese aporte se realizará a través del 10% de retención en sus boletas de honorario (más información sobre independientes acá)


Estas cotizaciones, además de ser un requisito importante para solicitar la visa definitiva, te dan acceso a los mismos beneficios que los chilenos:

  • Sistema de salud administrado por Fonasa e Isapres.
  • Sistema de pensión, administrado por las AFP.
  • Seguro de Cesantía, donde ahorras un colchón que podrás utilizar en caso de que te quedes sin empleo, administrado por la Asociación de Fondos de Cesantía.
  • Seguridad y salud en caso de accidentes del trabajo, administrado por las Mutualidades.

 

2. El sistema de pensiones te prepara para el largo plazo

Si eres trabajador dependiente, mensualmente se te descuenta el 10% de tu sueldo para enviarlo a la AFP que elijas. Estos organismos administran e invierten tus fondos, para que al momento de pensionarte recibas lo que acumulaste en forma de pensión mensual.

¿Existen excepciones?

La ley N° 18.156 establece una exención de la obligación de dar cumplimiento a las leyes de previsión que rigen para los trabajadores en general, respecto de las empresas que celebren contratos de trabajo con personal técnico extranjero y de este personal.

Los trabajadores extranjeros no están obligados a cotizar si cumplen con los siguientes requisitos:

  • Tienen título técnico o profesional en el extranjero.
  • Poseen cobertura de vejez, enfermedad, invalidez y muerte en un sistema de Seguridad Social fuera de Chile.
  • Pacta en su contrato de trabajo celebrado en Chile su voluntad de mantener la Seguridad Social fuera de Chile.
  • Si hubieren hecho los aportes y cumplen los requisitos antes mencionados, podrán solicitar la devolución de los aportado.

 

3. Aportar para tu pensión tiene diversos beneficios

A medida que transcurre el tiempo, el costo de vida aumenta por diversos factores. Con los ahorros previsionales, las AFP invierten en el mercado financiero tanto en Chile como en el extranjero, buscando generar mayor rentabilidad y aumentar tus fondos para que puedas disfrutar al pensionarte.

 

  • Pensión de vejez: Tienes derecho a pensionarte una vez que cumplas la edad legal, la cual es 60 años para las mujeres y 65 para los hombres. En caso que desees pensionarte más allá de la edad legal también puedes hacerlo.
  • Pensión de invalidez: En caso de sufrir algún accidente o enfermedad de origen común que produzca un estado de invalidez, tendrás derecho a recibir un ingreso mensual aún si no cumples con la edad legal para pensionarte. Para ello la Comisión Médica de la Superintendencia de Pensiones debe hacerte una evaluación y declarar el estado de invalidez.
  • Pensión de sobrevivencia: En caso de fallecimiento, se otorga este beneficio a tu grupo familiar (cónyuge o conviviente civil, padre o madres de hijos no matrimoniales, hijos o padres) siempre y cuando cumplan con los requisitos legales.

En caso de fallecimiento, se retiran de tu cuenta el equivalente a 15 UF para cubrir los gastos funerarios.

Los ahorros de tu pensión son tuyos, por ello que en caso de fallecimiento; luego de pagar la cuota mortuoria y a falta de beneficiarios de pensión de sobrevivencia,  el saldo que tengas en tus cuentas previsionales se pagará como herencia a tus herederos.

 

4. Chile cuenta con convenios bilaterales

Estos convenios permiten en términos generales, que los chilenos que trabajan en el extranjero o los extranjeros que trabajen en Chile puedan acceder, si corresponde, a pensiones de vejez, invalidez o muerte en otro país. Cada país pagará el beneficio correspondiente de acuerdo a su legislación.

Cada convenio establece disposiciones, requerimientos y prestaciones distintas y actualmente son 27 los convenios de Seguridad Social vigentes, además de un Convenio Multilateral Iberoamericano. De esta manera, mantiene acuerdos en esta materia Alemania, Argentina, Australia, Austria, Bélgica, Brasil, Canadá, Colombia, Dinamarca, Ecuador, España, Estados Unidos, Finlandia, Francia, Holanda (Países Bajos), Luxemburgo, Noruega, Paraguay, Perú, Portugal, Quebec, Reino Unido, República Checa, República de Corea, Suecia, Suiza y Uruguay.

En particular, el convenio de seguridad social Chile-Perú permite el traspaso de fondos previsionales entre instituciones privadas de pensiones de ambos países. Para ello es necesario cumplir con los siguientes requisitos:

  • Tener residencia permanente en el país al cual se desea traspasar los fondos.
  • Tener cinco años de cotizaciones o ser pensionado en el país al cual se desea traspasar los fondos.

Para conocer en detalle lo que establece cada convenio, cuáles son los beneficios y los requisitos para acceder a esas prestaciones, revisa el mapa de la Superintendencia de Pensiones acá.

Última actualización: enero del 2021



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