Hablemos de tu futuro
Todos los trabajadores dependientes tienen la obligación de aportar el 10% de la renta imponible para construir su futura pensión. Estas cotizaciones son proporcionales a los ingresos que recibimos, pero con un límite máximo fijado anualmente por la Superintendencia de Pensiones, el que se conoce como tope imponible.
En específico, este monto máximo, que actualmente corresponde a 81,6 UF, se aplica sobre las rentas para calcular los pagos previsionales y es reajustado todos los 1° de enero.
Por ejemplo, si recibes una renta por sobre los $2.588.000 mil (81,6 UF) solo estarás cotizando por el tope imponible, y no por el 10% real de tu sueldo.
Para que la pensión se acerque lo más posible a la renta y, por consiguiente, acceder a una mejor pensión, una alternativa es ahorrar a través del Ahorro Previsional Voluntario (APV) el porcentaje restante para alcanzar el 10% de tu renta.
• El tope imponible, es el límite máximo para calcular las cotizaciones previsionales y actualmente corresponde a 81,6 UF.
• Para quienes ganan por sobre el tope, esto podría representar una brecha a la hora de alcanzar una pensión acorde a sus expectativas.
• El APV permite ahorrar por sobre el tope y obtener beneficios tributarios que repercutirán positivamente en la futura pensión.